El nuevo Derecho Procesal Agrario en México
Los Tribunales Agrarios constituyen una jurisdicción especializada, tal como están previstos en el Artículo 27 constitucional; la jurisprudencia en materia agraria corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a los Tribunales Colegiados de Distrito, mientras que el Tribunal Superior Agrario sólo establece precedentes. Por Rubén Delgado Moya.
http://www.pa.gob.mx/publica/rev_33/ruben_delgado.pdf
Fecha en la web: 2006
Cantidad de páginas: 55
Sitio principal: Revista de la Procuraduría Agraria
Origen del sitio: México
Agregado en BuscAgro: Lunes, 05 de Febrero de 2007